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Blockchain y Bitcoin aplicado a la Administración de Tierras

En un congreso de tecnologías de información fui abordado por el editor de una revista, que me consultaba sobre la aplicación de este tipo de tecnologías en el área de Registro de la Propiedad, Catastro y Administración de Propiedad en general.  La conversación fue más que interesante, aunque me sorprendió un tanto que me preguntara, considerando que un par de meses  en su revista habían hecho la publicación sobre un país del trópico americano que lo estaba implementando.  Asumí que solamente era un boletín de prensa, en el que se habían desaprovechado la oportunidad de solicitar más detalles desde la fuente original.

Lo cierto es que la capacidad viral que tienen los acrónimos #blockchain y #bitcoin es poco menos que sorprendente, no solamente porque tienen grandes promotores en diferentes estratos de las redes sociales, sino porque también es irreversible desligar la filosofía de estas tecnologías en el futuro cercano de las transacciones entre terceros.  Resumo en este artículo los principales aspectos que gratas compañías acaloraron aquella noche de Amaretos en un restaurante con música en vivo que navega a lo largo de un río.

Qué es Blockchain

Blockchain es una tecnología para almacenamiento de datos en una nube securitizada. Cadenas y nodos almacenan las operaciones asociadas al objeto inicialmente creado, casi imposible de violentar.

La aplicación de esta tecnología en materia de Administración de Tierras, permite la encriptación del proceso transaccional mediante bloques concatenados en una nube. En caso de un Registro de Propiedad y Notariado, la cadena no solo lo constituye el tracto sucesivo, sino todos los datos sensibles de la operación sobre el inmueble (avalúo, mejoras, ventas, hipotecas, mensuras, gravámenes, georreferencia, etc.) en una nube de almacenamiento encriptado.

Qué es Bitcoin

Bitcoin es una tecnología para el manejo de dinero electrónico entre terceros. La tecnología convierte valores de dinero del mercado formal, en dinero criptográfico que puede ser utilizado para compras entre terceros con tasas inferiores al mercado formal. Las Unidades Coin son un tipo de cambio electrónico que utiliza las cadenas de BlockChain para la garantía de veracidad.

La aplicación de esta tecnología en Administración de Tierras, implica la conversión de un título de propiedad a unidades Coin, a fin de convertirlo en un título valor.  Bajo estas condiciones, una vez inscrito el título, se encripta mediante BlockChain y una vez convertido en un título valor mediante Bitcoin, puede ser transferido entre terceros sin necesidad de tantos intermediarios.

¿Fumada espacial o realidad?

En este tema hay muchas confusiones, porque se han vendido más los extremos que los procesos graduales a los que podría llegarse en una brecha de tiempo que no solo depende de aspectos tecnológicos sino más bien de políticas y normas legales.  Así que, luego del segundo Amareto, el primer paso fue abrir la mente e imaginarse qué sucedería si pensamos en el hoy de aquí a 25 años, mientras las chicas que nos acompañaban apenas llegaban a la mitad de su primera margarita y nos volvían a ver con cara de interés para no demostrar su total desconocimiento de clichés que acostumbramos los geofumados obsesivos.

El tema más fácil de aplicar es Blockchain como tecnología, considerando la capacidad que le da a un sistema transaccional para incrementar la seguridad de la información.  Es lo que todos quieren, que en lugar de tener una base de datos tabulares que pueden ser violentados, estos estén dentro de una nube donde es imposible construir una cadena a partir de eslabones contenidos en una secuencia fragmentada que no se puede romper y casi ni entender.  Esto podría aplicarse tanto al Registro de Propiedad, donde está incluida en la cadena las condiciones actuales del Inmueble:  las partes interesadas en la transacción (propietario, notario, topógrafo, banco, etc.), la relación con el bien (derecho, restricciones, responsabilidades), el objeto de derecho que puede ser material o inmaterial (como una propiedad intelectual o una propiedad mercantil en acciones), su referencia geométrica y sobre todo el centro del modelo LADM, el source… todo, en una secuencia de bloques no continuos en un cordón parecido a la cadena de ADN.

Eso no es fumar, esa tecnología ya existe y está documentada aplicándose en otros campos.

Por supuesto, Blockchain es solo una tecnología, no son herramientas listas para utilizarse; siempre se debe desarrollar un sistema o aplicar a uno existente, con la simple condición en las especificaciones técnicas del contrato que indiquen que la empresa debe aplicar tecnologías Blockchain y por supuesto, la capacidad del recurso humano que realizará QA y se apropiará –por lo menos para entender la mitad de cómo se hizo-.

El problema es, que parte de la venta de esta tecnología es creer que una vez aplicado Blockchain deja de ser necesario un profesional para realizar una transacción.  Pero apliquemos la mente abierta, y pensemos en esto:

¿Qué sucede si andamos con un billete en la moneda local de mi país, equivalente a 10 dólares?

-Es mío, puedo subirme a un taxi y pagar con el billete, puedo ir a una tienda y comprar una tarjeta de minutos para mi teléfono móvil.  Dependiendo en qué ciudad estoy podría comprarme una tarjeta de saldo PayPal o mandar dinero por el móvil sin que para ello sea necesario verificar su autenticidad.

Si fuera de 100 dólares podría comprarme un teléfono móvil y por mucho en la tienda verificarían que es válido, con una máquina hecha para validar la autenticidad.

Hace 5,000 años esto no era posible de pensar, puesto que el intercambio era de bienes, por lo que al cambiar un caballo por una parcela era necesario tener una profesional que supiera de caballos para asegurar no solo que estaba saludable, un profesional para ver la parcela y garantizar que conocía que sus abuelos fueron los dueños, y quizá otro profesional para que escribiera en un libro esa operación.

Comprar y vender hoy se puede realizar con mucha facilidad, porque el dinero físico o electrónico es un medio de transacción entre terceros cuya autenticidad se puede verificar y es una práctica aceptada.

Aquí es entonces cuando entra el Bitcoin, puesto que un inmueble se convierte en unidades de valor, así como lo es un título valor.  Yo hoy puedo en un bar venderle un título de acciones a mi amigo, por 2,000 dólares.  Si él quiere validar la autenticidad puede hacerlo, o bien puede aceptarlo de buena fe si me conoce y sabe donde encontrarme si el documento tiene un problema.  Así entonces, un título de propiedad, una vez inscrito en un sistema tan encriptado, securitizado y de uso común, ser transferido entre terceros no ocuparía un intermediario, si el dueño sabe que una vez en sus manos es suyo y lo puede transferir a otro más o ir al banco emisor a depositarlo a su nombre.   Por supuesto, suena a fumada, pero así podrían pensar quien le vendió la Cueva de Macpela a Abraham en los bordos de un meandro del Río Jordán.

De modo, que Blockchain por sí solo es nada más que una tecnología aplicable ya, con todas las ventajas que esperemos sacarle.  Conscientes que la operación entre terceros no puede ir más allá de lo que la legislación le permite; seguirá existiendo el intermediario para las transacciones, porque no cambia más que la garantía de seguridad que el sistema existente tiene.  El Blockchain incrementa la seguridad jurídica, pero no disminuye los tiempos transaccionales si las condiciones legales para cambiar un sistema notarial basado en escrituras lo obstaculiza; tampoco disminuye los costos transaccionales si la herramienta tecnológica tiene limitaciones para incorporar de manera ágil un Front Office al alcance del usuario o si la brecha de penetración del Internet en las áreas rurales todavía es muy amplia, mucho menos si el poder de los abogados sobre las innovaciones es chapado al protocolo en máquina de escribir y la descripción de rumbos / distancias bajo la pericia de un abogado.
Sin embargo, Blockchain es un gran paso.  Con seguridad será la tecnología que permitirá el sueño de uno de mis mentores, que espera que en el banco el comprador y vendedor pongan su dedo en el lector de huella y hagan la compraventa.  Tecnológicamente eso es factible, pero tener las normas legales, la confianza del usuarios en los datos y las condiciones para cambiar la mentalidad de la gente… ocupará un milagro del cielo o un gobierno con prácticas de tirano en al menos 25 años continuos.

Bitcoin es el  paso siguiente, para la securitización y aplicación de moneda criptográfica.  Esto será lo que permitirá reducir la cantidad de intermediarios.  Pero para eso, hay mucho por recorrer; especialmente porque es un tema más que tecnológico, es económico, requiere legislación local y tiempo, que es lo que permitirá que los usuarios lo entiendan y acepten.  Disminuir intermediarios es algo que se puede hacer sin Bitcoin, tal como no solo está haciendo ese país de Centroamérica delegando a la Banca la posibilidad de registrar una hipoteca, ampliarla o liberarla; acción que antes hacía un notario a la antigua, con papeles en un folder amarillento; por supuesto, con una delegación similar a la que se le otorga a un notario y limitación de responsabilidades entre la buena fe del cliente, la fe notarial y la fe pública registral.  De esto a transformar en valores una bien inmueble, mueble, mercantil o intelectual… falta mucho.

Pero sucederá.  En la medida que Factom y Epigraph logren proyectos visibles, de preferencia no de tercer mundo.

Para ser honesto, estoy siendo demasiado simplista pues el límite entre Blockchain y Bitcoin no es así de tácito; es posible hacer solo con Blockchain mucho más sin tener que recurrir a Bitcoin.

En el caso de este país centroamericano al que hacía referencia el artículo de la revista, lo que tiene ahora es un proyecto piloto, en el que está probando la tecnología Blockchain.  Con toda seguridad en 4 años será un hecho demostrado sobre la nueva versión del Sistema Unificado de Registros, que en sus especificaciones técnicas dicen en las características no funcionales que el sistema debe aplicar tecnologías de encriptado mediante cadenas y también securitización.   Bitcoin está en la mira de quienes pensamos que 25 años es poco tiempo.

A estas alturas de la charla, que solo he resumido, las chicas estaban que volteaban los ojos con su segunda margarita.  Terminaron levantándose a ver los fuegos artificiales que se reflejaban en las aguas del Támesis dejando entrever la silueta de sus entrepiernas… justo cuando empezamos a hablar como se puede aplicar el Blockchain para la gestión del catastro que definitivamente simplificaría los retos más complejos del levantamiento catastral masivo y el avalúo basado en las condiciones de mercado.

 

geofumadas: Editor de Geofumadas
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